El Juzgado de lo Social número 1 de Huelva estima la demanda de Patricia Hurtado y condena al Ayuntamiento a readmitirla o indemnizarla

El Juzgado de lo Social número 1 de Huelva ha declarado “improcedente” el despido de una trabajadora del Ayuntamiento de Minas de Riotinto, concretamente de Patricia Hurtado, quien, tal y como se recoge en la sentencia judicial, ejerció como monitora deportiva municipal desde el 7 de abril de 2015 hasta el 20 de septiembre de 2017 en virtud de un contrato de obra o servicio a tiempo completo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Tinto Noticias -el periódico de la Cuenca Minera de Riotinto- estima así “parcialmente” la demanda interpuesta por la trabajadora despedida, que había solicitado la nulidad o improcedencia del despido, al tiempo que condena al Consistorio a readmitir a la demandante y abonarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido o bien a indemnizarla con la cantidad de 5.065,43 euros.

La magistrada juez del Juzgado de lo Social número 1 de Huelva, María del Mar Centeno, entiende, tal y como se recoge en la sentencia, que el servicio que prestaba la demandada no atendía a “una actividad temporal circunstancial o complementaria, sino permanente”, por lo que considera que el Ayuntamiento no puede “proceder sin más a dar por extinguida de manera unilateral su relación con la actora”, pues “la misma no era de naturaleza temporal sino indefinida”, añade.

Asimismo, la sentencia, emitida el pasado 26 de noviembre, explica que el Consistorio, “inmediatamente después” del despido referido, “recurrió a la contratación temporal para que las tareas que prestaba la demandante se siguieran realizando”, por lo que incide en que “resulta claro” que la actividad que desempeñaba la trabajadora despedida “no queda válidamente amparada por el contrato de obra o servicio determinado”, sino que, por el contrario, es “propia y característica de las funciones permanentes de la entidad demandada”.

Ante ello, la demandada pedirá la readmisión e incorporación a su puesto de trabajo en ejecución de sentencia, tal y como ha anunciado a este periódico a través del abogado que la representa en esta causa, el también riotinteño Javier Hunt, ya que “la actividad laboral que venía desempeñando se corresponde a un único contrato de carácter indefinido y como tal ha de considerarse en defensa y protección de los derechos de esta trabajadora y de todos los trabajadores”, ha recalcado.

Por este motivo, en esta etapa de solicitud de ejecución de sentencia, la trabajadora despedida y su representación jurídica esperan que el Ayuntamiento de Riotinto proceda a su readmisión. “Cualquier otra actuación -advierten- sería ética y legalmente rechazable, así como un ataque a los derechos de los trabajadores a cargo del Ayuntamiento”, han señalado.