Desestiman el recurso contra la modificación de la AAU, en el que se pedía la suspensión cautelar de las obras de recrecimiento y operaciones en las presas de estériles

La Justicia ha dicho ‘no’ al recurso de Ecologistas en Acción contra la Autorización Ambiental Unificada (AAU) de la mina de Riotinto, de forma que la compañía encargada de la explotación del yacimiento, Atalaya Riotinto, podrá seguir adelante con las obras de recrecimiento y las operaciones de descarga en las presas mineras, conocidas también como depósitos de estériles.

En concreto, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso de la organización conservacionista, que pedía la suspensión cautelar de las actuaciones citadas mientras se resolvía su recurso contra la resolución de la Junta de Andalucía que modificó la AAU del Proyecto ‘Riotinto’ para las mejoras operativas y de seguridad en el recrecimiento de las presas.

La sentencia, contra la que cabe recurso, señala que la solicitud de Ecologistas no cumple los requisitos exigidos en la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), ya que esta permite cualquier medida que sea adecuada para evitar o paliar los perjuicios que pueda provocar la medida cautelar, por lo que “la suspensión no afecta al interés general”, añade la sentencia, tal y como han informado desde Europa Press.

La sentencia también recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya denegó el recurso de Ecologistas en Acción en el que se pedía, también como medida cautelar, la suspensión de la antes referida actuación administrativa, una denegación que se basa en que “la medida cautelar de suspensión no recae sobre la resolución impugnada, sino sobre actos posteriores de ejecución o supuesto incumplimiento de la resolución impugnada, que no son objeto del presente recurso”.

“No se pretende con esta medida cautelar preservar la finalidad legítima del recurso sino controlar la correcta explotación de la actividad minera respecto del vertido de lodos”, indicaron desde el TSJA, que añadió que “corresponde a la administración la vigilancia y control de la correcta explotación”.