Aunque pueda parecer lo contrario, la investigación histórica requiere de cierta preparación intelectual que, pese a que no tenga que adquirirse necesariamente en la Universidad, asegure que los textos que salgan de ella cumplan con unos mínimos de rigurosidad.
Así, no es concebible que un historiador digno de tal nombre se limite a reproducir los documentos que, efectivamente, son la base de su trabajo. Muy al contrario, quien pretende escribir Historia tiene la obligación de someter sus fuentes a una revisión profunda, en la que se las critica y contextualiza en el momento en el que fueron producidas.
Si no fuera así, seguiríamos pensando que Roma fue fundada por dos gemelos que fueron amamantados por una loba, que Santiago Apóstol guiaba a las huestes cristianas durante la Reconquista o que los sevillanos del s. XVII terminaron con la epidemia de peste por haberse encomendado a la Virgen.
Por otra parte, además de la revisión documental, los historiadores están obligados a conocer la bibliografía referente a su tema de estudio para, de un lado, evitar creer que han descubierto unos documentos que ya han sido usados por otros y, por otro, impregnarse de las posibles interpretaciones a las que se puede llegar en base a ellos. Si además controlan la literatura que les afecta más lateralmente, sin lugar a dudas, sus obras serán mucho más ricas en todos los sentidos.
Por último, siendo la Historia una disciplina que aspira a ser científica, nadie que la practique puede dar sus relatos como definitivos, porque la verdad histórica es algo así como la utopía de Galeano:
«La utopía está en el horizonte. Me acerco dos pasos, ella se aleja dos pasos. Camino diez pasos y el horizonte se desplaza diez pasos más allá. Por mucho que camine, nunca la alcanzaré. Entonces, ¿para qué sirve la utopía? Para eso: sirve para caminar.».
Es decir, que la labor del historiador, aparte de requerir unas dotes intelectuales que aseguren un mínimo de calidad a sus producciones, también necesita de una honestidad mínima para no creer en ningún momento que sus relatos son definitivos o que son poseedores de una verdad absoluta que, por cierto, sólo está en manos de las deidades.
La razón de que haya descrito, aunque haya sido sucintamente, cuáles son las premisas básicas de la labor historiográfica no es otra que salir al paso de un artículo, aparecido hace poco más de una semana en este mismo medio, en el que los autores se refirman en el relato tradicional acerca del incendio de la cárcel de Salvochea durante el 25 de agosto de 1936.
En su artículo, Moreno Bolaños y Hernández Vallecillo no sólo utilizan una documentación que es sobradamente conocida por los investigadores desde hace años, sino que además la dotan de una legitimidad que está muy lejos de tener.
En el segundo de los aspectos, el referente al contenido de la documentación utilizada, los autores hacen uso de los expedientes resultantes de los Consejos Sumarísimos a los que algunos salvocheanos fueron sometidos después de que su pueblo “cayera” en manos de los golpistas. Estos documentos, lo sabe cualquiera que haya tenido un acercamiento aunque sea lateral a la justicia del primer franquismo, pueden ser utilizados para estudiar muchos aspectos de la vida durante la II República y el periodo abierto tras el golpe de Estado, pero siempre teniendo en cuenta que en aquél momento no puede hablarse de una justicia “independiente” y muchísimo menos carente de intencionalidad política: se estaba produciendo un genocidio y los jueces, que además solían ser militares sin ningún tipo de preparación jurídica, estaban plenamente implicados en él. Es decir, que la separación de poderes y la independencia judicial que, como se suele decir, caracteriza a los regímenes liberal-democráticos, simplemente, no existía en la España de Franco.
Esta circunstancia, que no es baladí, no es la única a considerar en la documentación judicial empleada por Moreno Bolaños y Hernández Vallecillo, sino que también hay que considerar otras que imponen que esos expedientes tengan que ser considerados con la mayor de las cautelas:
- 1. Que el clima en el que se vivía era del terror más absoluto, lo que sin lugar a dudas condicionaría de forma determinante las declaraciones de los testigos en los procesos judiciales.
- 2. Que esas declaraciones tenían lugar en los mismos cuartelillos de la Guardia Civil en los que se torturaba y muchas veces se asesinaba a los detenidos, lo que imponía adaptar lo que se dijese a la necesidad de evitar ser víctimas de la “justicia”.
- 3. Que la mayoría de las declaraciones que utilizan los autores repiten, casi literalmente, el mismo relato. Circunstancia esta que evidencia que hay “algo” detrás de las mismas.
- 4. Que los acusados declaraban después de haber sido coaccionados, muchas veces de forma violenta, y sin las más mínimas garantías de defensa: presunción de inocencia, presencia del abogado defensor, etc.
- 5. Que los “juzgados” solían serlo por prácticamente todo lo que hubiera ocurrido en sus municipios, desde los incendios de las iglesias hasta los insultos proferidos a los derechistas, independientemente de que estuviera demostrada su participación en todos ellos.
Aparte de esto, es de señalar que en los expedientes judiciales a los que me estoy refiriendo suele haber informes acerca de los acusados que, además de ser casi siempre copias exactas unos de otros, estaban firmados por las cuatro figuras base del Estado franquista en los municipios: el cura, el alcalde, el jefe de FET y de las JONS y el comandante de puesto de la Guardia Civil.
Con todo, creo que ha quedado claro que los relatos que aparecen en esa documentación son sesgados, adaptados a unos intereses políticos muy determinados e influenciados por unas circunstancias que, cuanto menos, deben ser tenidas en cuenta. Si todo ello no se considera, hay que señalarlo, se corre el riesgo de no construir un relato historiográfico mínimamente creíble y de algo mucho más grave: dotar de legitimidad a las instituciones fruto de un golpe de Estado y nacidas para amparar un genocidio.
Para evitar caer en esto último, suele recurrirse a unos relatos alternativos que también deben ser sometidos a crítica. En el caso que me ocupa, lo autores recurren a los textos aparecidos en la prensa provincial, a las actas de los Plenos del Ayuntamiento de 1937 y a las anotaciones del sacerdote de El Campillo en el libro de bautismos. Tanto unos como los otros son producto de las consideradas “víctimas de los rojos” y, valga decirlo, reproducen la misma relación de los hechos que aparece en la documentación judicial. Además, en el caso de la prensa hay que decir que estaba sometida a censura militar, lo que significa la ausencia de cualquier versión que contradiga a la que podríamos denominar “oficial”.
Obviamente, en la medida de que se trata de versiones dadas por la misma parte, estos relatos no demuestran que los salvocheanos fueran los responsables del incendio de la cárcel, sino que son una evidencia de que entre los afines a los alzados había unanimidad a la hora de culpabilizarlos de tal suceso. Yo no voy a decir que no lo hicieran, no creo que sea posible hacerlo al menos con la rotundidad acusadora del artículo al que vengo respondiendo, pero sí que voy a afirmar que Salvochea fue bombardeada tanto por tierra como por aire y que es posible que una de aquellas bombas callera en la cárcel, máxime cuando es de sobras conocido que sus habitantes huyeron del pueblo en aquellos mismos momentos y que se desconoce dónde cayeron los artefactos explosivos.
En lo referente a la documentación en sí, ya he avanzado que no se trata de ningún hallazgo ni que aporte datos inéditos, sino todo lo contrario:
- 1. Los expedientes de los Consejos Sumarísimos están digitalizados y son accesibles a cualquier persona que quiera consultarlos, por estar alojados en la web de la Diputación Provincial de Huelva desde hace varios años. Yo mismo los llevo consultando desde el año 2012 y me consta, porque así se afirma en la propia página que los alberga, que empezaron a digitalizarse 6 años antes.
- 2. La prensa provincial de la época también está digitalizada y es de libre acceso, pudiéndose consultar tanto en la página web del Ayuntamiento de Huelva (La Provincia y El Diario de Huelva entre otras cabeceras) como en la de la ya mencionada Diputación (Odiel y alguno más).
- 3. La colección completa de El Socialista está disponible, también desde hace años, en la web de la Fundación Pablo Iglesias (no “Fondo”, por cierto).
- 4. El relato que el párroco de El Campillo dejó anotado en el Libro de Bautismos apareció publicado en un libro de 1968 que, para más inri, es citado con bastante frecuencia por quienes nos dedicamos al estudio de los años 30 en esta zona: Juan Ordóñez Márquez: La apostasía de las masas y la persecución religiosa en la provincia de Huelva. 1931-1936, Madrid, CSIC, 1968, p. 157.
- 5. Los documentos albergados en los distintos Registros Civiles, además de ser de acceso público, carecen de interés sobre el particular por tratarse de meros certificados de defunción.
- 6. Los Libros de actas capitulares del Ayuntamiento de Salvochea-El Campillo están al alcance de cualquiera y han sido utilizados en multitud de ocasiones. Por ejemplo, en el libro que escribieron varios investigadores de la Universidad de Huelva hace algunos años y que, por cierto, coincide con este artículo a la hora de culpabilizar a los salvocheanos del incendio de la cárcel (Mª Dolores Ferrero Blanco, Cristóbal García García y José Manuel Vázquez Lazo: El Campillo. De la independencia a la democracia, Huelva, Servicio de publicaciones de la Universidad de Huelva y Ayto. de El Campillo, 2007, pp. 201-210).
En conclusión, sin entrar en los aspectos formales de un artículo que más bien parece una mera relación de nombres y datos, creo que está bien claro que el texto de Moreno Bolaños y Hernández Vallecillo no puede considerarse, ni de lejos, como algo novedoso y muchísimo menos como la obra de historiadores propiamente dichos. Todo ello no tiene por qué suponer algo negativo, de hecho me parece muy loable que alguien dedique su tiempo a la investigación histórica sin ser esta su profesión, pero en este caso existe una carencia interpretativa que no podía pasar por alto, la de considerar legítimos los juicios franquistas.
Por este motivo he decidido contestar, pero también porque estoy plenamente convencido de que la labor del historiador pasa por la búsqueda de una verdad inalcanzable, pero cercana si se emplean los medios adecuados. Lo he hecho sin acritud, no puedo tenerla hacia personas a las que ni siquiera conozco, y espero no haberla generado.
Por Miguel Ángel Collado, historiador