La asociación niega la vulneración de derechos laborales en el centro de El Campillo y atribuye las críticas de los sindicatos a una «sinrazón injustificable»

La Asociación Protectora de Personas con Discapacidad Intelectual de la Cuenca Minera de Riotinto (Aspromin) ha respondido una por una a todas las críticas manifestadas en los últimos días por los sindicatos UGT y CCOO tras el despido de tres trabajadores a tiempo parcial que desempeñaban su trabajo en las instalaciones El Campillo, una medida que la entidad atribuye, como ya adelantó TINTO NOTICIAS, a motivos estrictamente económicos, y no a represalias ni causas personales.

A través de un comunicado remitido a este periódico, la junta directiva de esta asociación sin ánimo de lucro ahonda en las causas de los despidos, que obedecen, asegura, a una «inusual infrafinanciación» que ha hecho que «la dirección aconseje reducir en la medida de lo posible todos los gastos», por lo que «nos hemos visto en la necesidad mínima de reducir costes para salvar el progresivo aumento de la negatividad detectada en la cuenta de resultados», añade.

Esta situación se produce «sobre todo ante una de las partidas referidas al absentismo», prosiguen desde la Junta Directiva, tras lo que concreta que el año pasado hubo «un aumento importantísimo, al superar el 8,92 por ciento del personal, y que en este año se sigue en la misma progresión, pues «estamos en un 10,28 por ciento y todavía nos quedan más de seis meses del año», agregan.

No obstante, Aspromin espera que la situación «se revierta más pronto que tarde y sigamos 50 años más en la prestación de un servicio de calidad en la atención a las personas con discapacidad intelectual y sus familias y por tanto mejorando siempre la calidad de sus vidas. Esa es nuestra misión y ello motiva diariamente nuestro empeño», subraya.

Al margen de los despidos, la asociación también niega que se estén vulnerando derechos laborales en su centro de El Campillo. Lo que sucede, añade, es todo lo contrario, pues «todas y cada una de las reivindicaciones y solicitudes que expresan están superadas por las concesiones de la Dirección en su día a día», o dicho de otra forma, «todos y cada uno de los derechos que manifiestan no se cumplen y contempla el convenio colectivo de nuestra actividad están superados y aumentados en todas las órdenes y decisiones que en el día a día se trasladan y ejercen», defiende.

La Junta Directiva especifica a continuación las estipulaciones del convenio y las medidas de la dirección que suponen una mejora de las mismas, tras lo que, en base a ello, «ponemos de manifiesto que todo lo expresado, a nuestro modo de ver, es fruto de una sinrazón inexplicable por parte de los representantes de los trabajadores», apostillan, al tiempo que califican de «inadmisible e intolerable que se pretenda generar confusión deliberada».

Hasta aquí un resumen de los aspectos más destacados incluidos en el comunicado remitido a TINTO NOTICIAS y que este periódico reproduce íntegramente a continuación:

Estimada ciudadanía, trabajadoras/es y lectores general, amigos/as todos/as:

Queremos manifestar y, que en todo caso, vaya por delante, nuestra absoluta falta de ánimo en confrontar, solo pretendemos dar una respuesta razonada, a la ciudadanía en general y a la de la Cuenca Minera en particular, sobre las comunicaciones que faltando a la verdad, recientemente se han publicado mediante notas de prensa.

En primer lugar, queremos y debemos recordar que ASPROMIN, figura en la Atención Especializada a la Discapacidad desde el año de su constitución hace mas de 56 años, somos una ORGANIZACIÓN SIN ANIMO DE LUCRO, Y COMO TAL DECLARADA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES GENERAL Y SOCIAL POR EL CONSEJO DE MINISTROS, del Estado de España en el AÑO 1.978.

En segundo lugar, manifestamos nuestra extrañeza y sorpresa, de que se pida mediante escrito, en nuestras oficinas solicitando información a la Dirección, y manifestando esperar 15 días para recibir información, y al segundo día, eleven la solicitado ya, como protesta ante los medios de comunicación, creemos que no es de recibo, dicho sea con todos nuestros respetos, parece que no reparan y/o no comprenden el perjuicio reputacional que ello nos pudiera conllevar.

En tercer lugar, ni que decir tiene, que todas y cada una de las reivindicaciones y solicitudes que expresan, están todas superadas por las concesiones de la Dirección de la empresa en su día a día, y todo precisamente, porque no nos consideramos una empresa como tal al uso, sino que siempre llevamos por delante la aplicación de los principios y valores de SOLIDARIDAD Y DE JUSTICIA SOCIAL, que aplicamos en todos los órdenes de nuestra influencia y actuación directa diaria.

Es por ello, que todos y cada uno de los derechos que manifiestan no se cumplen y contempla el convenio colectivo de nuestra actividad, están superados y aumentados en todas las órdenes y decisiones que en el día a día se trasladan y ejercen.

Como ejemplo a lo que decimos, vamos a establecer una comparativa de lo que dice el convenio colectivo de aplicación, y de las concesiones en beneficio de los trabajadores que aplica la Dirección de la empresa, de esta forma ponemos de manifiesto que todo lo expresado a nuestro modo de ver, es fruto de una sin razón inexplicable por parte de los representantes de los trabajadores, a saber:

«En virtud del XVI Convenio colectivo en vigor, seria de aplicación lo que sigue: Art 92.- La distribución de la jornada de trabajo será de 38,5 horas semanales, salvo en los casos de jornada irregular, hasta un máximo de 1720 horas anuales.- El horario de trabajo comprenderá las 24 horas del día en turnos no superiores a 8 horas diarias, salvo en los casos de jornada irregular.

Y ASPROMIN como empresa: En aplicación de sus valores y principios, viene siempre concediendo a todos sus trabajadores una HORA Y MEDIA MENOS semanal, siendo por ello que la jornada se desarrolla durante 37 horas semanales, mejora de convenio en claro e indiscutible beneficio.

Art. 47.4°.- En residencia el descanso semanal deberá coincidir en fin semana al menos 1 vez cada 4 semanas.

Y ASPROMIN como empresa, concede el descanso semanal, en FINES DE SEMANA ALTERNOS, nueva y sustancial mejora de convenio.

Art. 51.1. 2.- Las vacaciones serán de 25 días laborables, 22 de ellos disfrutar preferentemente entre el dia 1 de Junio y 30 de Septiembre. Se podrán solicitar los restantes días del año o dividirse en dos periodos de igual duración no inferiores a 14 días naturales y siempre y cuando que las necesidades del servicio lo permitan.

Y ASPROMIN como empresa, concede las vacaciones de manera prioritaria durante los meses de JULIO Y AGOSTO, y se aplica de forma alterna, en ningún caso con interpretación restrictiva de la norma, sino todo lo contrario de la manera más beneficiosa para el trabajador y por consenso.

Los 3 días restantes, que tendrán la consideración de asuntos propios, se podrán disfrutar cuando se considere, comunicándolo con 10 días de antelación, siempre que no se ponga en riesgo la viabilidad de la prestación del servicio.

Y ASPROMIN, como empresa: se conceden días y días de asuntos propios siempre que el servicio lo consienta, SIN EXIGENCIAS DE ANTELACION EN LA PETICION.

Art. 53. 1.- Se podrá solicitar un único permiso sin sueldo al año sea cual sea su duración, de cómo máximo 90 días, siempre que sea compatible con la organización del trabajo.

Y ASPROMIN como empresa: Concede permisos de este tipo sin retribución sin tener en cuenta NI EL NUMERO NI LOS DÍAS y todo siempre que el servicio los soporte.

Que cada cual saque sus propias conclusiones.

Además de lo expuesto, queremos hacer una breve referencia a lo que se manifiesta en cuanto al CUADRANTE DЕ TRABAJO y plazo de entrega:

Es evidente de que, salvo que se especifique en el Convenio, que no es el caso, no existe ninguna norma o ley que indique con que plazo, se deben entregar, ni si deben ser semanales, quincenales, mensuales o trimestrales.

Únicamente en el Estatuto de los trabajadores, se especifica que en el caso de trabajadores a turnos o rotativos, se preavisará con 5 dias de antelación de cual es su turno de trabajo.

A este apartado, ASPROMIN viene entregando los cuadrantes de trabajo con 28 DIAS DE ANTELACION, cuando además esto jamás perjudica la conciliación, máxime cuando todo el personal sabe de antemano cual es su jornada de todos los días, y si es de mañana, tarde o noche, y saben de siempre su adscripción al centro de trabajo, salvo los contratos de suplencia o sustitución que obviamente están sometidos a las necesidades del servicio.

Luego podemos concluir, sin temor a equivocarnos, que es manifiesta, palmariamente legal y ajustado a derecho el actuar de la empresa ASPROMIN, como no podía ser de otra forma, quedando de manifiesto que en ningún caso viene en vulnerar los derechos de los trabajadores, y muchísimo menos los de la conciliación de la vida laboral y familiar, nada más lejos de la realidad.

Lo que es inadmisible e intolerable, el que se pretenda generar confusión deliberada, queriendo hacer similitud entre lo que es CUADRANTE DE TRABAJO, con lo que es el CALENDARIO LABORAL de la empresa, que siempre y en todo caso es ANUAL, seguir insistiendo en esta petición, que adolece de falta de rigor y sin sostén jurídico alguno, pone de manifiesto la ausencia total de corresponsabilidad manifiesta de quienes tienen que demostrar todo lo contrario, en el desempeño de la misión. Es ciertamente lamentable.

Por último, queremos en todo caso lamentar, el que la empresa mirando por su continuidad y permanencia, y con causa en todo caso, en una inusual INFRA-FINANCIACIÓN, al venir día tras día solicitando la negociación y actualización de los costes plazas, desfasados por la carestía de la vida y el aumento importante de los costes salariales y sociales, habiendo quedado a día de hoy los mismos obsoletos, siendo por ello, que la DIRECCION aconseje reducir en la medida de lo posible todos los gastos, teniendo en cuenta que en este tipo de empresas los SUELDOS, SALARIOS Y CARGAS SOCIALES representan casi el 80% de presupuesto, nos hemos visto en la necesidad mínima de reducir costes, para salvar el progresivo aumento de la negatividad detectada en la cuenta de resultados, y sobre todo, ante una de las partidas referidas al absentismo, que ya el año pasado hizo un aumento importantísimo al superar la 8,92% del personal, y ya en este año siguiendo en la misma progresión, estamos en un 10,28%, y todavía nos quedan más de seis meses del año.

Si todo esto lo trasladamos a una plantilla de unos 130 trabajadores, se deduce por una simple regla matemática, el impacto económico tan enorme que ello significa, teniéndose en cuenta que ante una ausencia una contratación, dado que tratamos con personas en el ejercicio de nuestra actividad.

Por todo ello, manifestamos nuestra más profunda PREOCUPACION Y TRISTEZA, por los acontecimientos у por supuesto esperamos que se revierta, más pronto que tarde la situación, y sigamos cincuenta años más en la prestación de un servicio de calidad en la ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL Y SUS FAMILIAS Y POR TANTO MEJORANDO SIEMPRE LA CALIDAD DE SUS VIDAS, esa es nuestra misión y ello motiva diariamente nuestro empeño.

MUCHAS GRACIAS A TODOS POR VUESTRA COMPRENSIÓN y saludos expresos y particulares a todos y cada uno de los trabajadores de ASPROMIN.