El auto del magistrado que preside la vista por el crimen de Laura Luelmo cree que en este caso se da un interés digno de protección como el derecho a la intimidad

“La regla general en nuestro ordenamiento jurídico es la publicidad de las actuaciones judiciales, y particularmente de las vistas en los procesos penales”, pero “existe la posibilidad de limitar” esa publicidad cuando concurran “razones de seguridad u orden público” o la “adecuada protección de los derechos fundamentales de los intervinientes”, en particular, el “derecho a la intimidad de la víctima” o el “respeto debido a la misma o a su familia”.

Así comienza el polémico auto judicial con el que el magistrado presidente del juicio por el asesinato de Laura Luelmo, Florentino Gregorio Ruiz Yamuza, establece que “procede decretar se celebren a puerta cerrada las sesiones del juicio oral”, lo que pone en segundo plano el derecho a la información al impedir a los medios de comunicación informar sobre lo que acontece en un juicio que ha despertado gran interés en la ciudadanía.

Tras relatar diversos artículos de la Constitución Española y varias leyes como la Ley Orgánica del Poder Judicial o la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el magistrado señala que “en el presente supuesto concurre un interés digno de protección” como “la preservación de la intimidad y dignidad de las víctimas, tanto directa como indirectas”, tras lo que se decanta por “priorizar” el derecho de las víctimas a “no ver incrementados los padecimientos inherentes a la pérdida sufrida con el daño moral derivado de la exposición pública” de los hechos que serán objeto de examen en el juicio.

El auto, al que ha tenido acceso TINTO NOTICIAS, también justifica esta decisión en el hecho de que fue propuesta por la propia familia de la víctima a través de un escrito previo dirigido al tribunal, así como que todas las partes personadas en el juicio mostraron su apoyo a la misma. Además, califica de “relevante” la opinión del jurado popular, al entender que esta materia no se encuentra entre aquellas sobre las que “estarían llamados a decidir los jueces legos”.

Estas son las principales argumentaciones del auto por el que se impide la audiencia pública en el juicio por el crimen de Laura Luelmo, una decisión que ha generado gran polémica al contar con la oposición de la Asociación de la Prensa de Huelva, del Colegio de Periodistas de Andalucía y de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España, ya que los mismos argumentos podrían valer para impedir que se informe sobre cualquier acto que provoque padecimientos.

Ante ello, el auto señala que la decisión “no implica en modo alguno que se niegue de manera absoluta o incondicionada el acceso a la información relativa al juicio, que será facilitada a través de la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía”, si bien esto no garantiza que los medios de comunicación puedan informar de lo que realmente ocurre en la vista, sino únicamente de lo que dicho Tribunal diga que ha ocurrido en la misma.