El sindicato explica que se tuvo que recurrir a estos servicios para poder cubrir todas las incidencias y eventos locales ante la merma de efectivos en la Policía Local

El sindicato CSIF presentó un total 21 demandas judiciales para reclamar el pago de los servicios extraordinarios realizados por los agentes de la Policía Local de Ayamonte entre los meses de junio y diciembre de 2019 ante la negativa del Ayuntamiento a abonar estas cantidades a la plantilla. Ahora, los juzgados de lo Contencioso-Administrativo números uno, dos y tres de Huelva han dictado las primeras sentencias en las que, de forma unánime, se reconoce el derecho de los agentes a que el consistorio les pague la totalidad del montante que se reclama.

El consistorio se había opuesto al abono de estas cantidades argumentando que se había superado el máximo 48 de horas previstas en el convenio del personal funcionario. Sin embargo -y tal y como entendía CSIF- las sentencias de los tres juzgados coinciden y reconocen que los servicios extraordinarios fueron “desempeñados, sin duda, y no por decisión individual sino porque les fueron asignados a los trabajadores en su calidad de agentes de la Policía Local por el organismo correspondiente, siendo prestados por cuenta y beneficio de la Administración municipal que, además, no impidió su ejecución ni puso objeción alguna”.

Con esta exposición, los juzgados invalidan el mencionado argumento del Ayuntamiento que quedó recogido en un Decreto municipal de enero de este año para no pagar los servicios que excedieran el límite de 48 horas contenidas en el reglamento municipal de los funcionarios. En este sentido, CSIF explica que esta resolución fue notificada a los agentes después de más de siete meses trabajando excediendo su jornada normal de trabajo para dar cobertura a los servicios de seguridad ordinarios y extraordinarios (como fiestas de barriadas o fiestas patronales) según los requerimientos de la Jefatura de la Policía Local. Como ya denunció la central sindical, “estos servicios realizados eran necesarios para garantizar la seguridad en el municipio y cubrir todas las emergencias y eventos locales ya que desde comienzos del año 2019 la plantilla se redujo en un 25% tras la jubilación de nueve agentes”. Esta situación obligó a los policías a trabajar más horas ante la reducción del número de efectivos para prestar servicio.

Lo extraordinario de esta circunstancia está reconocido en las citadas sentencias al considerar que la negativa de pago del Ayuntamiento se amparaba exclusivamente en “defectos procedimentales” y este hecho no puede constituir un obstáculo para el abono del importe de los servicios realizados, al ser ordenados por una persona “con potestad efectiva”.

Tras este varapalo judicial al Gobierno local, CSIF asegura que el ayuntamiento “está abandonando su oposición y procediendo al abono de las cantidades adeudadas después de casi un año y medio desde que se iniciara la situación de impago”. En este sentido, la central sindical recuerda que los responsables municipales “nunca tuvieron una voluntad real de solucionar el problema y en todo momento desoyeron no solo los argumentos de los representantes sindicales sino también la información recabada de los Servicios Jurídicos de la Diputación Provincial por parte del equipo de Gobierno. Estos servicios advirtieron al consistorio de que los trabajos extraordinarios deberían ser abonados a los agentes”. Es más, en otros municipios de la provincia donde se tuvo que recurrir a los servicios extraordinarios por la merma de sus plantillas de Policía Local, estos se abonaban sin ningún tipo de incidencia.

Por todo ello, CSIF lamenta cómo “nunca ha habido buena disposición por parte de los responsables municipales para solucionar un problema generado por ellos, obligando a los agentes a buscar el amparo judicial para que le fuese retribuido su trabajo”. Ahora los tribunales les han dado la razón.