Asegura que el juez «no analizó de forma correcta y coherente la forma de cargo»
La Fiscalía ha recurrido la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva que absolvía a los 15 acusados por un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por extracción ilegal de aguas subterráneas en Matalagrana, en el entorno del Parque Nacional de Doñana, –entre ellos los exacaldes de Almonte, Francisco Bella (PSOE) y José Antonio Domínguez (PP)–, y pide que la misma «se revoque y anule», al considerar que «su valoración incurre en patente error y su motivación no es lógica, ni suficiente ni razonable».
En este sentido, según recoge el escrito del Ministerio Fiscal, la sentencia «carece de motivación real y suficiente, no analiza de forma correcta y coherente la prueba de cargo» y «no resuelve ni las cuestiones previas planteadas por las defensas ni la mayoría de las cuestiones planteadas por las acusaciones, omitiendo la doctrina de esta Audiencia Provincial plasmada en las dos sentencias de 2020 y 2021 que abordan la cuestión».
Prosigue el Ministerio Fiscal señalando que «en realidad toda la sentencia supone un ejercicio de ambigüedad en la motivación que dificulta conocer las verdaderas razones de la absolución y por ello combatir de fondo la sentencia», lo que, a su juicio, genera «una indefensión clara de las acusaciones».
Asimismo, el escrito apunta que se discrepa «con los hechos probados de la sentencia», así como «de la omisión en los mismos», en lo referido «por un lado a la falta de autorización preceptiva para la extracción, de la aplicación tácita de un error invencible ni alegado ni probado por las defensas» y del «rechazo del riesgo-peligro idóneo-potencial que la conducta de extracción ilegal de agua de los acusados ha podido tener para los ecosistemas de Doñana».
De la misma manera, la Fiscalía pide la nulidad de la sentencia «por falta de motivación real para analizar la conducta» de los dos alcaldes de Almonte acusados en las fechas de los hechos «como cómplices», así como por «falta de motivación real para analizar la conducta de los acusados; como autores del delito de usurpación-distracción de aguas».
Por ello, la Fiscalía interesa, en concreto, «que se devuelva la causa al juzgador» para que «partiendo de la doctrina sentada por esta Audiencia en las sentencias reseñadas, y en atención a lo expuesto en el recurso, realice nueva y completa motivación de la prueba, respetuosa con el Derecho a la Tutela Judicial Efectiva del Ministerio Fiscal y con el contenido de la normativa aplicable y la prueba testifical, pericial y documental desarrollada en el Juicio Oral».