Vinos del Condado aplaude el cambio de nomenclatura de los generosos

Los normativa supone una rebaja en los impuestos de los bodegueros

La DOP Condado de Huelva ha mostrado este viernes su satisfacción tras la última norma aprobada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la mejora de la caracterización de los vinos más tradicionales de Andalucía, basada en un acuerdo alcanzado por los órganos de gestión de las DO Montilla-Moriles, Condado de Huelva, Jerez-Xérès-Sherry, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, Málaga y Lebrija.

En concreto, la norma renueva la definición de seis vinos generosos (fino, oloroso, amontillado, palo cortado, viejo y añejo), y entre otras cuestiones, contempla el uso de estos términos en la DOP Condado de Huelva, no regulado hasta ahora. Además, los cambios de la Orden también hacen referencia a los vinos generosos de licor, que son vinos dulces naturales elaborados a partir de los anteriores vinos generosos.

Para el presidente de la DOP Condado de Huelva, Manuel Infante, con la publicación de esta norma “se pone en valor el trabajo que hemos venido realizando desde el Consejo Regulador en estos últimos años y que verá sus frutos en un futuro en la comercialización, sobre todo, de nuestros vinos generosos amparados”.

En este sentido, Infante añade que al permitir la norma rebajar el contenido etílico del fino a 14 grados, otra de las características que recoge la nueva Orden, “repercutirá directamente en los bodegueros ya que supondrá una rebaja en los impuestos que se pagan por el contenido alcohólico en bebidas, además de atender una demanda creciente entre el consumidor final que prefiere bebidas con menos graduación alcohólica”, todo ello “sin tocar la calidad de nuestros finos porque al paladar será inapreciable” explica el presidente del Consejo Regulador del Condado de Huelva. Hasta ahora, los vinos finos del Condado de Huelva podían alcanzar una graduación entre 15 y 16 grados alcohólicos.

También estos cambios en los términos tradicionales de nomenclatura de los vinos “ayudarán en la lucha contra la competencia desleal que sufrimos en el sector” y sobre todo, “facilitará la información al consumidor final que tendrá más conocimiento sobre lo que compra y pide en el canal Horeca (hostelería, restaurantes, etc)” afirma Infante. Desde el Consejo Regulador de la DOP Condado de Huelva “siempre recomendamos al consumidor y al hostelero que adquiera productos con precintas de garantía ya que en ésta está todo la información de la trazabilidad del producto, desde el campo a la copa”.

Los vinos del Condado podrán definir las características de sus olorosos en las nuevas etiquetas

Podrán definir si se trata de un fino, oloroso, amontillado, palo cortado, viejo o añejo

El Consejo de Gobierno ha aprobado en la sesión de este miércoles una orden para la mejora de la caracterización de los vinos más emblemáticos y tradicionales de Andalucía, entre los que se encuentra ‘Condado de Huelva’ para poder seguir usando la etiqueta de fino, oloroso, amontillado, palo cortado, viejo y añejo en los vinos olorosos de su catálogo con el objetivo de garantizar una competencia leal y transmitir una información clara a los consumidores.

Según ha informado la Junta de Andalucía esta nueva norma, que supone un avance histórico, contribuye a poner en valor el patrimonio vitícola al rescatar estilos de vinos antiguos y adaptar los vinos a la actual demanda del mercado preservando la tipicidad de unos caldos andaluces con gran tradición.

Esta Orden es la regulación previa necesaria para poder trasladar al Gobierno central la nueva caracterización para solicitar la actualización a la Comisión Europea. Una vez aprobado a nivel comunitario, las novedades se incluirán en los pliegos de condiciones de las denominaciones vínicas implicadas.

En concreto, la norma renueva la definición de seis vinos generosos (fino, oloroso, amontillado, palo cortado, viejo y añejo) y, entre otras cuestiones, contempla el uso de estos términos en la DO ‘Condado de Huelva’, no regulado hasta ahora. Además, los cambios de la Orden también hacen referencia a los a vinos generosos de licor, que son vinos dulces naturales elaborados a partir de los anteriores vinos generosos.

Entre las novedades relativas a los vinos generosos destaca la reducción del grado alcohólico adquirido mínimo para el vino, que se podría rebajar de 15 a 14 grados. Esto permitirá, por ejemplo, que el fino de ‘Jerez-Xérès-Sherry’, ‘Montilla-Moriles’ o ‘Condado de Huelva’ y la manzanilla amparada por la DO sanluqueña puedan reducir el contenido de alcohol al 14% de su volumen preservando e incluso ensalzando su calidad sensorial.

Además, la norma elimina la obligatoriedad de adicionar alcohol vínico (proceso conocido como ‘encabezar’) cuando sea posible alcanzar la graduación requerida de forma natural. Hasta ahora, solo los vinos de la DOP ‘Montilla-Moriles’ podían acogerse a esta excepción. Con la entrada en vigor del cambio, los vinos pertenecerán a la categoría 1 si no se les adiciona alcohol vínico y se considerarán vino de licor (categoría 3) cuando sí se les añada.

Por otro lado, la nueva caracterización amplía la posibilidad de utilizar el término ‘vino generoso’ a vinos de licor secos obtenidos a partir de uva blanca de la DOP ‘Málaga’ que actualmente no formaban parte de esta categoría pero que sí se acogían a ella históricamente. Para ello, se permite de forma excepcional que estos vinos no cuenten con el velo de levaduras típicas (‘velo de flor’) que se desarrolla de forma espontánea sobre la superficie cuando concluye la fermentación alcohólica del mosto.