El Consejo de Gobierno de la Junta autoriza el inicio del anteproyecto de la norma, que incorpora su enseñanza a todas las etapas educativas

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha autorizado el inicio de tramitación del Anteproyecto de la Ley Andaluza del Flamenco, cuyo objetivo principal es la protección, conservación, fomento y difusión de este arte como máxima seña de identidad de la cultura andaluza.

La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico busca establecer con esta norma, que contará con 34 artículos y cuatro disposiciones adicionales, el régimen jurídico del flamenco, con el fin de garantizar su salvaguarda para su uso como bien social y como patrimonio inmaterial de Andalucía. Para ello, incluirá medidas para su protección, conservación, difusión e investigación, así como para la promoción de su conocimiento y la importante contribución a este arte del pueblo gitano.

La Ley busca, por tanto, el fomento del flamenco como elemento singular de la cultura andaluza, su promoción y valoración como elemento importante del patrimonio andaluz, así como estimular la creación y el asociacionismo, garantizando la conservación, la recuperación y la puesta en valor del conjunto patrimonial del flamenco en todas sus manifestaciones.

El objetivo del Gobierno andaluz es promover la difusión del flamenco en el exterior y garantizar su conocimiento y su acercamiento a la sociedad, con especial atención a sectores sociales desfavorecidos o especialmente vulnerables, para facilitarles su integración y dignidad personal, valorando la especial importancia que toma la introducción de la enseñanza del flamenco en todas las etapas educativas en Andalucía.

La Ley marca las competencias que tanto el Consejo de Gobierno como la Consejería competente y las entidades locales tienen en los objetivos de fomentar, preservar, conservar, difundir y proteger el flamenco y crea instrumentos para ello como el Plan General Estratégico, que será aprobado por el Ejecutivo andaluz y que marcará las acciones, prioridades y necesidades básicas del flamenco para lograr los objetivos principales de la Ley.

De igual modo, con objeto de ordenar, promocionar y planificar las actividades y entidades con incidencia en materia de flamenco, la Ley crea el Registro Andaluz de Flamenco, de carácter público y dependiente de la Consejería, cuya finalidad será servir como instrumento administrativo para el conocimiento, publicidad y ordenación de los profesionales y entidades que desarrollen actividades relacionadas con el flamenco en Andalucía.

El flamenco en los centros educativos

En colaboración con la Consejería de Educación y Deporte y con el apoyo del resto del Consejo de Gobierno, la Ley recoge que la Administración educativa impulsará la presencia y el conocimiento del flamenco en las distintas etapas de la enseñanza no universitaria, mediante la inclusión de contenidos curriculares y el desarrollo de actividades relacionadas con el flamenco, así como la elaboración de un Plan de Formación Anual para el profesorado en esta materia.

Por otro lado, se impulsará la investigación del flamenco en el ámbito universitario y en el Espacio Europeo de Educación Superior con la colaboración de universidades, conservatorios y la posibilidad de crear cátedras de flamencología. Este apartado es clave para preservar, conservar y fomentar el conocimiento y el legado del flamenco en todas las etapas educativas y, sobre todo, entre los más jóvenes.

La Consejería de Cultura entiende que se trata de una Ley clave para esta tierra, cuna del flamenco, que a su vez constituye la principal seña de identidad de la cultura andaluza, que la distingue ante el resto del mundo y que además es Patrimonio de la Humanidad. Ahora contará con un instrumento de máximo rango para ordenarlo jurídicamente y garantizar su protección, su difusión y su fomento, por lo que se confía en lograr el máximo consenso en el trámite parlamentario.

La iniciativa, fundamental para esta legislatura en la Consejería de Cultura, responde al
compromiso del Gobierno andaluz con este arte y su protección. Pero también es una
respuesta a dos mandatos parlamentarios (Proposición no de Ley de septiembre de
2016 aprobada por la mayoría de la Cámara y una Declaración Institucional del Pleno
del Parlamento en diciembre de 2020), así como a lo establecido en los artículos 37 y
68 del Estatuto de Autonomía.